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El Tribunal Especial Primero Antiterrorista acordó la orden de aprehensión contra el aspirante a la Presidencia de la oposición, Edmundo González, y comisionó al Cuerpo de Investigaciones Cinetíficas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) para que ejecute ese decreto.

Orden de aprehensión contra Edmundo González

La tarde de este lunes 2 de septiembre, la Fiscalía solicitó la orden de captura (publicada en la red social Instagram) contra el candidato de la Plataforma Unitaria luego de haber emitido tres citaciones en el marco de una investigación en su contra y este no acudiera.

El Ministerio Público citó por primera vez a González para el pasado lunes 26 de agosto, luego para el martes 27, y después para el viernes 30 del mismo mes. En ese momento se le advirtió que de no acudir, se libraría una orden de aprehensión al considerar que se «encuentra en presencia de peligro de fuga».

El documento, firmado por el juez auxiliar Luis Ernesto Dueñez Reyes, detalla que la solicitud de aprehensión surge por la presunta comisión de los delitos de usurpación de funciones, forjamiento de documento público, instigación a la desobediencia de leyes, conspiración, sabotaje a daños de sistemas y asociación.

Sin embargo, el abogado Alí Daniels explica que «no existe el delito de ‘sabotaje a daños de sistemas’ porque mal podría ser delito ‘sabotear un daño’». Explicó que la Ley de Delitos Informáticos señala como delito la «interceptación de datos informáticos», cuando «intercepta datos informáticos en transmisiones no públicas».

De la misma manera, Daniels agrega que el delito de «asociación» no existe, pues la ley sostiene que esta se refiere a quien forme parte de un grupo de delincuencia organizada.

FUENTE: TAL CUAL

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